jueves, 27 de septiembre de 2012

LAS Y LOS ADOLESCENTES QUE TRABAJAN


En ocasiones, los adolescentes no pueden postergar su decisión de trabajar. Sin embargo, deber distinguir entre las tareas o trabajos que no interfieren con su escolaridad, desarrollo y bienestar físico y mental y el trabajo forzado y perjudicial que limita su bienestar.

La actividad laboral forzosa y temprana priva al adolescente de:

a.    Desarrollar su potencial como ser humano
b.    Hacer valer su dignidad y su autonomía
c.    Estudiar consecutivamente
d.    Asistir diariamente a sus clases

LEGISLACION Y SEGURIDAD LABORAL

Según el Convenio 182 de la Organización Internacional de Trabajo, las formas de trabajo más deplorables son:

·     Todas las formas de esclavitud, como la venta y la trata de adolescentes, la servidumbre por deudas, el trabajo forzoso u obligatorio, incluido el reclutamiento para luchar en conflictos armados o guerras.

·       La utilización, el reclutamiento o la oferta de adolescentes para la prostitución, la producción de pornografía o actuaciones pornográficas.

·     La utilizacion, el reclutamiento o la oferta de adolescentes para realizar actividades ilícitas, tales como la producción y el tráfico de drogas.

·        El trabajo que, por su naturaleza o condiciones, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los adolescentes.

                                                                                                                                                                     

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